Tus beneficios por cotizar

Beneficios de cotizar

Cada vez que cotizas, tanto si eres trabajador dependiente o independiente, obtienes beneficios que te protegen a ti y a tu familia. Te contamos cuáles son.

¿Para qué me sirve cotizar?

Cotizar sirve para que ahorres para tu futura Jubilación, tanto si eres un trabajador dependiente o independiente. Al hacerlo, también tienes derecho a beneficios importantes que te protegen a ti y tu familia en caso de necesitarlo.

 

Si eres independiente, puedes cotizar y acceder a los mismos beneficios que tienen los trabajadores contratados dependientes, sin perder tu independencia laboral. 

Beneficios al cotizar mensualmente

Protección de Salud

Cuentas con bonificación en prestaciones médicas bajo la modalidad de libre elección, ya sea en FONASA o la Isapre que elijas.  

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Pago de licencia

Al cotizar regularmente en una AFP, tendrás derecho a pago de licencia médica en caso de enfermedad o accidente. 

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Ley SANNA

Seguro para padres, o quienes estén a cargo de niños con una condición grave de salud, para que puedan ausentarse de ser necesario. 

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Seguridad Laboral

Estarás protegido por el Seguro de Accidentes del Trabajo y Enfermedades Profesionales. 

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Cuota Mortuoria

Beneficio que financia los gastos del funeral de un afiliado que ha fallecido. 

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Cotizar como independiente permite

Afiliarte a una de las Cajas de Compensación y obtener beneficios como la Asignación Familiar  si corresponde, según tu nivel de renta. 

Pensión de Vejez 

Podrás obtener un pago mensual cuando ya no estés trabajando. 

Pensión de Invalidez y Seguro de Invalidez y Sobrevivencia (SIS)

Podrías recibirla, aunque no hayas cumplido la edad legal para jubilar. Se activa si sufres una pérdida de capacidad física o mental, que te impida trabajar. 

Dos opciones de cotización

En la Operación Renta de cada año, podrás escoger entre dos opciones de cotización: Cobertura Parcial o Cobertura Completa, diferenciadas por su financiamiento y cobertura. 

Tus Ahorros son tuyos y de tu Familia

En caso de muerte, tu familia (beneficiarios) recibirían una Pensión de Sobrevivencia.  

¿Qué beneficios obtengo al cotizar?

Este seguro te cubre en caso de invalidez parcial o total, y cubre a tu familia en el caso de tu fallecimiento. El SIS aporta la diferencia entre los ahorros que tienes en tu AFP y el monto necesario para financiar una Pensión de Invalidez o
Sobrevivencia.

El SIS es un derecho que tienen todos los trabajadores que cotizan: ya sean dependientes, independientes o cotizantes voluntarios. Todas las AFP cuentan con este seguro. En el caso de ser dependiente, el SIS lo financia tu empleador.

  • Acceso a una Pensión por Invalidez total o parcial. Conoce más aquí.
  • Al ser Beneficiarios de Pensión, la familia del afiliado está protegida en el caso de su fallecimiento con una Pensión de Sobrevivencia. Conoce más aquí.
  • Si eres dependiente y quedas cesante, el SIS te protege hasta 12 meses después de tu última cotización. Debes tener al menos 6 cotizaciones previas al quedar cesante.
  • Si eres independiente y cotizas en la Declaración Anual de Impuestos, el SIS te protege un año completo.
  • Si eres independiente y/o cotizante voluntario, el SIS te protege hasta el mes siguiente de tu última cotización realizada.

Es un seguro que te cubre con prestaciones médicas y económicas, en caso de sufrir una enfermedad o accidente laboral. Tanto si eres trabajador dependiente o independiente.

En caso de un accidente de trabajo, que es toda lesión que produzca incapacidad o muerte y que ocurra en el lugar de trabajo o en el trayecto desde o hacia él. También en caso de enfermedad profesional, causada de manera directa por el
ejercicio de la profesión.

• Atención médica y hospitalizaciones.

• Medicamentos.

• Rehabilitación física.

• Prestaciones económicas.

• Servicios de prevención.

Puedes conocer más acerca de este seguro y cómo utilizarlo en el sitio web de ChileAtiende. Ver más.

Al estar afiliado a Fonasa o Isapre cuentas con la bonificación en prestaciones médicas en caso de que sufras una enfermedad o accidente. Además, al cotizar regularmente en una AFP, tendrás derecho al pago de licencia médica y justificar legalmente tu ausencia al trabajo.

Los trabajadores dependientes, independientes y voluntarios que paguen sus cotizaciones de salud y en la AFP.

Para cobrar tu Seguro de Cesantía, deberás acreditar tu condición con tu finiquito, carta de despido, renuncia u otros. Podrás presentar tu solicitud en el sitio web de AFC Chile oen cualquiera de sus Sucursales. Para más información revisa el sitio de la AFC Chile. Ver más.

El Seguro de Cesantía te protege en caso de desempleo (sea por despido o renuncia).

Trabajadores con contrato indefinido, a plazo fijo o por obra o servicios que estén regulados por el Código del Trabajo.

Trabajadores que estén afiliados a la Administradora de Fondo de Cesantía (AFC).

Trabajadoras y trabajadores de casa particular.

Para cobrar tu Seguro de Cesantía, deberás acreditar tu condición con tu finiquito, carta de despido, renuncia u otros. Podrás presentar tu solicitud en el sitio web de AFC Chile o
en cualquiera de sus Sucursales. Para más información revisa el sitio de la AFC Chile. Ver más.

Este aporte monetario mensual es un subsidio del Estado dirigido a trabajadores que cumplen los requisitos.

Hombres y mujeres entre los 18 y 25 años que tengan sus cotizaciones al día en la AFP y que pertenezcan al 40% de las familias más vulnerables del país, según el Registro Social de
Hogares (RSH).

Puedes conocer más acerca de este subsidio y cómo solicitarlo en el sitio web del SENCE.

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Este bono estatal apoya monetariamente a las mujeres trabajadoras que cumplan los requisitos.

Mujeres que tengan entre 20 a 59 años, que trabajen de manera dependiente o independiente y que pertenezcan al 40% de las familias más vulnerables del país, según el Registro Social de Hogares (RSH).

Puedes postular durante todo el año. Debes cumplir los requisitos para postular y los requisitos para ser beneficiaria, entre estos últimos se considera tener las cotizaciones al día en la AFP.

Puedes consultar si cumples los requisitos para postular, ingresando tu RUT en el Validador de Requisitos del SENCE.

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Trabajadores que emitan boletas de honorarios cuyo total sea igual o mayor a 5 Ingresos Mínimos Mensuales en el año calendario respectivo.  

La renta imponible será anual y corresponderá al 80% del conjunto de rentas brutas gravadas por el artículo 42, N°2, de la Ley sobre Impuesto a la Renta, obtenida por el afiliado independiente en el año calendario anterior a la declaración de dicho impuesto. 

No podrá ser inferior a cuatro ingresos mínimos mensuales, ni superior al producto de multiplicar 12 por el límite máximo imponible. 

En la Operación Renta de abril de cada año, se realizará la Declaración Anual de Impuesto a la Renta, donde inicialmente se retendrá el 10% de tu Renta Imponible. A partir de 2020 se aumentó gradualmente la retención en un 0,75% por año hasta llegar a un 17% en 2028.  

Pensionados, menos los de invalidez parcial.  Quienes ya cotizan por el tope imponible (84,3 UF*) y los que reciben una renta anual menor o igual a 5 ingresos mínimos mensuales.  Independientes que perciban rentas no gravadas por el artículo 42, N°2, de la Ley sobre Impuesto a la Renta. 

No. Quedan exentos los trabajadores a honorarios, afiliados a alguna de las instituciones de previsión del régimen antiguo, administradas por el IPS, o por la Dirección de Previsión de Carabineros de Chile (DIPRECA) o por la Caja de Previsión de la Defensa Nacional (CAPREDENA).  

Si recibes sueldo y emites boletas de honorarios por servicios, todos tus ingresos se sumarán y sobre el total se aplicará el límite de cotización máximo anual. 

 Mensualmente por tu remuneración como dependiente y anualmente por tus rentas como independiente. Ambas cotizaciones se sumarán, debiendo cotizar sólo hasta el tope imponible de 84,3 UF*. (*)

Valores vigentes al 01 de enero de 2024 

 Se incorporarán a la AFP que haya ganado la licitación de los nuevos afiliados, considerando como mes de afiliación, el primer mes que hayas iniciado tus labores como trabajador independiente. 

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